La competencia del sector es tan grande y las ofertas de seguros están tan ajustadas a veces, que con frecuencia cambiamos de compañía de un año a otro. Aunque insistimos contínuamente en nuestros artículos que debemos tener cuidado a la hora de contratar una nueva póliza de seguros, lo cierto es que el precio supone una constante que siempre va a declinar la balanza.
Ten siempre presente que una misma modalidad de seguro, tiene matices diferentes de unas compañías a otras. La colisión con animales que vamos a tratar en este artículo, es una garantía que algunos aseguradores incluyen dentro de sus paquetes, y otros en cambio, ofrecen la posibilidad o no de contratarla.
Podemos encontrar en el mercado compañías como Allianz, que en sus productos de auto, incluye la garantía de colisión con animales en su modalidad de terceros completo; es decir, el paquete que incluye la responsabilidad civil de circulación, accidentes del conductor, la asistencia, las lunas, el incendio y el robo.
No podríamos contratar la colisión con animales en esta compañía si queremos hacer la póliza básica, la que incluye sólo la responsabilidad civil de circulación, accidente del conductor, lunas y asistencia. También tiene el mismo planteamiento comercial la afamada Mapfre que comercializa igualmente su ramo auto mediante paquetes, incluído el nuevo producto "tú eliges".
Otras aseguradoras como Generali o Axa por ejemplo, ofrecen a sus clientes la posibilidad de incluir o no, a su elección, en cualquier modalidad de seguro auto, determinadas garantías, entre ellas, la colisión por animales, sea una póliza básica o ampliada.
¿Qué nos cubre la compañía con esta garantía?
El asegurador cubre los daños materiales ocasionados al vehículo asegurado como consecuencia del atropello de especies cinegéticas (animales salvajes) o animales domésticos, siempre y cuando la responsabilidad no sea del conductor del vehículo asegurado.
¿Cómo puedo abrir un parte de siniestro que afecte a esta garantía?
Antes de nada, ten muy en cuenta que cuando sufras un golpe producido a consecuencia de la colisión con un animal, debemos solicitar la intervención de atestados. En primer lugar, porque es requisito indispensable para el asegurador que exista atestado policial que determine que la responsabilidad no corresponde al conductor del vehículo asegurado y que existen restos del animal atropellado en la calzada o en el propio vehículo. El atestado es lo que va a dar veracidad a nuestra declaración de siniestro.
Y en segundo lugar, el atestado determinará en su caso, la responsabilidad del propietario del animal si lo hubiese, o bien la administración responsable de la via donde hayamos tenido el siniestro. Ningún siniestro que se aperture por esta garantía, tendrá cobertura si no se ha denunciado antes a la autoridad competente.
Cuando la Guardia Civil de Tráfico se persone en el lugar del siniestro y levante atestado, acuérdate de pedir siempre el ejemplar para el interesado, o como mínimo, el número de atestado.
Una vez tengas el número de atestado, redacta un breve escrito que sirva como declaración de siniestro. En ese escrito, deberás incluir datos como la fecha de ocurrencia, lugar exacto donde ocurre (carretera, punto kilométrico, a la altura de qué municipio...) una descripción de cómo ocurre el accidente y el número de atestado.
Aunque levanten atestado, haz siempre fotos del atropello, del animal y si es posible, que se vea claramente en la escena del siniestro, una foto donde aparezca la matrícula de tu vehículo, por si acaso. Con todo ello no vas a tener problemas cuando tengas que acreditar el siniestro ante la compañía.
¿Cuánto cubre esta garantía?
Cada compañía establecerá una cantidad en las condiciones particulares de la póliza. Si la cantidad que fija la compañía es de 6.000 € por ejemplo, el asegurador pagará hasta 6.000 € siempre que el valor venal del vehículo en el momento del siniestro no sea inferior a esa cantidad.